Contamos en Antena 3 las diez claves del teletrabajo que acaba de aprobar el Gobierno

  • Publicado en En los medios
  • Destacado

Nuestra presidenta, Ana Ecoreca, cuenta en Antena 3 las diez claves que ha aprobado recientemente el gobierno para regular el teletrabajo.

1. Definición clara

Deberá definirse que será teletrabajo con la empresa. Es suficiente con que el 30% de la jornada lo prestemos desde casa para que tenga consideración.

2. De carácter voluntario

El teletrabajo tendrá carácter voluntario y el trabajador tendrá que llevarlo a cabo de común acuerdo con la empresa.

3.Documento por escrito con las condiciones

Deberá redactarse un documento por escrito reflejando la relación de bienes necesarios para desempeñar el teletrabajo, el sistema de compensación de gastos, la distribución de la jornada, la duracción de la modalidad laboral y el plazo para que se pueda revertir.

4. Los límites del teletrabajo

Se refleja que aquel trabajador que se encuentre en un contrato en prácticas o en formación o sea menor de edad tan sólo podrá realizar un 50% de su jornada laboral desde casa

5. Una modalidad reversible

El teletrabajo es una modalidad reversible, el trabajador podrá volver a su puesto presencial en el plazo indicado en la negociación colectiva o en función del acuerdo al que haya llegado con el empresario.

6.Mantiene los derechos

El trabajador que se encuentre realizando la modalidad de teletrabajo tendrá los mismos derechos, remuneración, tipo de jornada, descanso, formación y medidas de prevención de riesgos laborales que aquel que realiza el trabajo de forma presencial en la oficina.

7. Abono de gastos

Queda por escrito que tiene que establecerse el sistema de compensación de gastos, que será bonado por el empresario.

8. Derecho a flexibilizar

El trabajador que se acoja a esta modalidad tiene derecho a flexibilizar su jornada.

9. Límites al despido

Se establece que el empresario no podrá despedir a su trabajador por no adaptarse al sistema de teletrabajo.

10.Entra en vigor el 13 de ocutbre

La entrada en vigor de este plan será de 20 días a partir de la publicación en el BOE, por lo que se producirá el 13 de octubre de este año. Las empresas tienen un plazo de 3 meses para establecer el contenido del acuerdo.

Este acuerdo ha conseguido prorrogar el Plan Me Cuida hasta el 31 de enero del año 2021 para aquellas personas que tengan que cuidar a alguien y puedan hacer una adaptación de la jornada que incluye también la fórmula del teletrabajo.

Inicia sesión para enviar comentarios

Accede o Regístrate

¿Recordar contraseña? / ¿Recordar usuario?

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia del usuario a través de su navegación. Si continúas navegando aceptas su uso.